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Tipo Convocatoria: Convocatorias de Ayudas a Empresas

Información de la Convocatoria

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL ACTIVA STARTUPS REGIÓN DE MURCIA

Presentación de Solicitudes

Desde: 03/11/2023 0:00 (UTC+01:00) Brussels, Copenhagen, Madrid, Paris

Hasta: 17/11/2023 23:59 (UTC+01:00) Brussels, Copenhagen, Madrid, Paris

Información:

A las siguientes entidades se las propone como beneficiarias, siempre y cuando acepten expresamente la ayuda en los términos indicados a continuación:

  • SAKKARA INVERSIONES S.L.: Deberá presentar:

- Anexo II correctamente cumplimentado y firmado tanto por la PYME como la Startup.

  • FABITIVE S.L.: Deberá presentar

- Informe de justificación, conforme a criterios de eficiencia y economía, de la elección de la startup seleccionada de entre las tres ofertas solicitadas. La documentación aportada a su solicitud no es correcta, ya que el informe está firmado por la Startup y no por la PYME que solicita la ayuda. Se recuerda que según la LGS si el servicio que va a realizar la startup es superior o igual a 15.000 euros, se requiere la presentación de:

      • Las tres ofertas solicitadas a tres proveedores que puedan realizar el servicio.

    • El informe donde se justifique la elección, debiendo incluirse en ese informe los criterios utilizados, que en todo caso deberán ser de eficiencia y economía.

  • SERVICIOS DE CARTÓN PARA EL PACKAGING, S.L.: Deberá presentar

- Anexo II correctamente cumplimentado y firmado tanto por la PYME como la Startup.

- Informe de justificación, conforme a criterios de eficiencia y economía, de la elección de la startup seleccionada de entre las tres ofertas solicitadas. La documentación aportada a su solicitud no es correcta, ya que el informe está firmado por la Startup y no por la PYME que solicita la ayuda. Se recuerda que según la LGS si el servicio que va a realizar la startup es superior o igual a 15.000 euros, se requiere la presentación de:

      • Las tres ofertas solicitadas a tres proveedores que puedan realizar el servicio.

    • El informe donde se justifique la elección, debiendo incluirse en ese informe los criterios utilizados, que en todo caso deberán ser de eficiencia y economía.

Revisada la documentación presentada por las solicitudes propuestas como beneficiarias al inicio del procedimiento, la mayoría acredita el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Sin embargo, las siguientes solicitudes no han presentado documentación acreditativa suficiente por lo que tienen que presentar la documentación que se indica a continuación:

  • CONSTRUCCIONES URDECON, S.A. Debe presentar cualquier documentación de la establecida en el punto B del apartado quinto de la resolución que acredite el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

  • INDUSTRIAS DAVID, S.L.U. Debe presentar cualquier documentación de la establecida en el punto B del apartado quinto de la resolución que acredite el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

La citada documentación deberá presentarse en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de esta comunicación. Transcurrido el plazo de diez días concedido para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, sin que haya atendido lo que se le marca, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución tal y como se establece en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Financiado por:

Esta convocatoria de ayudas está contemplada dentro del Programa de Capacidades para el Crecimiento de la PYME del Componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Documentación

Bases de la Convocatoria